Condenan nuevamente al responsable de “ XornalGalicia” y a “Pladesemapesga” por injurias contra un funcionario de la Xunta de Galicia. https://archive.is/Lt2L6 http://www.rafaelalvaromillancalenti.es/ su OBSESIÓN CON MIGUEL DELGADO LE LLEVA A DUPLICAR LAS QUERELLAS CON DATOS PRESCRITOS Y FUERA DE PLAZO OBLIGANDO A LA MAGISTRADA ESPOSA DE SU TESTIGO A RECURSASE EN LA INSTRUCCIÓN, REPARTIENDO LAS QUERELLAS ENTRE SUS ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD ANTES DE SER ADMITIDAS A TRÁMITE SEGÚN SU PROPIA DECLARACIÓN JUDICIAL, VULNERANDO LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS DONDE ERA PONENTE EN LA AEPD COBRANDO COMO DOCENTE EXPERTO.
.ÚLTIMAS NOTICIAS SOBRE MILLÁN CALENTI OCULTADAS POR GOOGLE ATENTANDO CONTRA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
https://xornalgalicia.com/buscar-en-xornal-galicia?q=Calenti
Jorge Prado Casal Jefe de Protección de Datos del Sergas tenía montado con Rafael Álvaro Millán Calenti un negocio de cursos pagados por la AEPD...+ Tampoco lo publica en su web
LO que oculta el Sr Millan Calenti de forma torticera es su acoso y el de su abogado en los pasillos de los juzgados con amenzas de tener controlados los juzgados de Santiago llegando a presentar al marido de una de las juezas de instrucción penal como testigo de cargo Sr Montero Villar " con el que compartía informes de 1.800 euros a costa de las subvencioens que el mismo Sr Calenti contrataba con la Xunta donde trabnaja como letrado del Sergas, o la ocultación del Sergas del historial clínico con un cánecer del pèriodista, o la reiterada insistencia de el y su abogado en dar por loco al periodista tras no rendirse al amedrantamiento ni a las amenzas.
En cualquier caso, las sentencias están recurridas, publicadas en las que el periodista no tiene nada que ocultar, mientras em Sr Calenti exgió a GOOGLE borrar sus datos del buscador, ¿ que tiene que temer ?
También debería explicar sus relaciones con las asistencias a las mesas de contratación del Sergas y de Balidea, o por que motivo censura y oculta las denuncias que llegan por el registro telemático d ela Xunta con sobrados indicios de corrupción, que no vienen refrendados en la sentencia ni en el exigido borradod e la información.
Tambien debería explicar por que llamó al Gobierno Balear para pedir que borraran su curriculon cpon actividades públicas y privadas que no aparecen en sus atividades.
Y para recordar, lleva de testigo al marido de la magistrada que días antes le contratara para unproceso de la Comisisón de Transparencia que perdío.
Como letrado y profesor de derecho que dice ser, es cruel y venagtimo, inmoral y poco ético que oculte que las sentencias estan recurridas y de momento aun queda mucho camino judicial por andar.....
https://xornalgalicia.com/xunta-de-galicia/15635-rafael-alvaro-millan-calenti-contrata-al-marido-de-la-juez-penal-juzgado-2-de-santiago-para-despues-meterlo-de-testigo-en-sus-querellas-personales-de-negocios-por-indemnizaciones-por-calumnias-y-todo-tipo-de-coacciones
Montero Villar y Calenti a la luz de la legalidad podrían estar realizando investigaciones y HUSMEANDO EN SUS HISTORIALES CLÍNICOS sobre periodistas irregularmente bajo su condición de funcionarios públicos....+
DATOS SIGNIFICATIVOS DE INETRÉS PÚBLICO QUE OCULTA EL SR MILLAN CALENTI QUE CONTIENE EN SU QUERELLA
EL PERSEGUIDOR DE PERIODISTAS, MILLÁN CALENTI POR ENCARGO DE MAR SÁNCHEZ SIERRA, LETRADO DE SANIDAD Y PROFESOR A TIEMPO PARCIAL DE LA USC CONTRATA PRIMERO PARA SUS ASUNTOS PERSONALES AL MARIDO DE LA JUEZ DE LO PENAL DE SANTIAGO CON EL QUE TAMBIEN COMPARTE DOCENCIA EN LA USC Y CON DESPACHO EN SANTIAGO Y DESPUÉS LE PONE DE TESTIGO A SU FAVOR EN LAS QUERELLAS PARA QUE SE LE FACILETE SU NEGOCIO DE INDEMNIZACIONES POR QUERELLAS
PIDE A MIGUEL DELAGADO MÁS DE 300,000 EUROS Y 14 AÑOS DE CÁRCEL LA MAGISTRADA LE ACEPTA INCONDICIONALMENTE LA MEDIDA CAUTELAR EMBARGANDO SIN SENTENCIA QUE LE CONDENE TODOS LOS DERECHOS HEREDITARIOS DE MIGUEL DELGADO CUYO VALOR NO SUPERA LOS 2 EUROS Y 3 EN LAS CUENTA DE LA PENSIÓN
PRETENDEN A CUALQUIER PRECIO EVITAR QUE SE HAGA PÚBLICO SUS NEGOCIOS Y ACTIVIDADES LUCGRATIVAS CON FONDOS PÚBLICOS. NO LO QUE NO ACEPTAN ES QUE EL PERIODISTA MORIRÁ CON LAS BOTAS PUESTAS, Y A LA LUZ DE LAS MANIFESTACIONES DE MILLAN CALENTI SOBRE SU JACTANCIA DE PLENO CONTROL DE LOS JUZGADOS DE SANTIGO,
EL PERIODISTA SABE QUE VA A SER CONDENADO SIMPLEMENTE POR EJERCER LA LIBVERTAD DE EXPRESIÓN, LA SENTENCIA YA ESTA PRESUNTAMENTE ACORDADA EN PRIMERA INSTANCIA, 3 MAGISTRADOS DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL FIRMARON Y CERTIFICARON LA INDEFENSIÓN A LA QUE SE SOMETE AL PERIODISTA EN EL JUZGADO 1 DE SANTIAGO DE COMPOSTELA.
https://xornalgalicia.com/xunta-de-galicia/sergas/13926-montero-villar-y-calenti-a-la-luz-de-la-legalidad-podrian-estar-realizando-investigaciones-sobre-periodistas-irregularmente-bajo-su-condicion-de-funionarios-publicos
Mar Sánchez Sierra se niega a informar sobre la CENSURA ORQUESTADA para ocultar las convocatorias de subvenciones y las ayudas de fondos europeos a Galicia, EN UN OFICIO REMITIDO AL PERIODISTA MIGUEL DELGADO DESDE LA SECRETARIA DE MEDIOS, LA MISMA SE SALE POR PETENERAS PARA EVADIRSE DE DAR EXPLICACIONES ASI;.
Visto o seu escrito presentado o 29 de marzo de 2021, con número de entrada no Rexistro
Electrónico da Xunta de Galicia 2021/701196, no que solicita certificado de acto presunto ecopia da totalidade do expediente iniciado coa súa solicitude con número de entrada 2021/284369 de data 12 de febreiro de 2021, cómpre informarlle o seguinte:
Para poder solicitar un certificado de acto presunto debe ter transcorrido o prazo máximo para ditar e notificar a resolución. O artigo 24.4 da Lei 39/2015, do 1 de outubro, do procedemento administrativo común das Administracións Públicas, establece que “os actos administrativos producidos por silencio administrativo (...) producen efectos desde o vencemento do prazo máximo no que se debe ditar e notificar a resolución expresa sen que a mesma se expedira, e a súa existencia pode ser acreditada por calquera medio de proba admitido en Dereito, incluído o certificado acreditativo del silencio producido”.
Toda vez que non se prevé un prazo máximo na regulación deste tipo de solicitudes (FALSO), este será de 3 meses, segundo establece o artigo 21.3 da Ley 39/2015. Se temos en conta que a súa solicitude se presentou o 12 de febreiro de 2021, aínda non transcorreron os 3 meses dos que dispón o órgano competente para ditar resolución expresa e notificar, polo que aínda non se tería producido o silencio administrativo.
SU ARTÍCULO EDULCORADO AL COMPLETO, NOSOTROS NO TENEMOS NADA QUE OCULTAR.
DESCARGADOD E; http://www.rafaelalvaromillancalenti.es/2023/06/condenan-nuevamente-al-responsable-de.html
Condenan nuevamente al responsable de “ XornalGalicia”
y a “Pladesemapesga” por injurias contra un funcionario
de la Xunta de Galicia.
El juzgado de lo Penal 2 de Santiago de Compostela ha condenado a Miguel Ángel Delgado
González, responsable del blog XornalGalicia, por los delitos de injurias graves vertidas contra
el Letrado de la Xunta de Galicia Rafael Álvaro Millán Calenti
El fallo se produce a raíz de las noticias publicadas por Delgado González entre diciembre de
2017 y enero de 2018 en las que acusa al funcionario de desviar subvenciones hacia su familia o
de actuar en procesos judiciales incumpliendo la ley de incompatibilidades o incluso de
intervenciones en procedimientos de contratación para lucrarse, entre otras muchas
afirmaciones que fueron calificadas injuriosas por la sentencia dictada.
Dice la sentencia 307/2021, que Miguel Ángel Delgado “ sin ningún tipo de contraste, mezcla
o vincula las actividades y personas de unos y otros con las del propio querellante, para de
forma sensacionalista hacer que la información se presente como interesante para la opinión
pública atribuyendo al querellante la intervención en actividades aparentemente corruptas o
carentes de ética para un funcionario público referidas al manejo de fondos públicos, a la
percepción de subvenciones o ayudas públicas” actuando con temerario desprecio hacia la
verdad para, sigue la sentencia, inducir al lector de la noticia a formarse una opinión peyorativa
sobre la honradez del querellante como funcionario público.
La Magistrada Fernández Currás condena a Miguel Angel Delgado (“XornalGalicia”) como
responsable en concepto de autor de un delito continuado de injurias con publicidad de los arts.
208,209,211 y 74.1 y 3 del C.P. , a la pena de 12 meses de multa y a eliminar los artículos
publicados en el “XornalGalicia” referidos a D. Rafael Álvaro Millán Calenti y en cualquier diario
digital o página web que gestione o del que sea responsable, individualmente o a través de una
asociación o plataforma, obligándole también a que , una vez sea firme publique la sentencia, y
a indemnizar a D. Rafael Álvaro Millán Calenti con responsabilidad civil subsidiaria de la
Plataforma del sector marítimo Pesquero de Galicia (Pladesemapesga), en la cantidad de 3.000
€ y al pago de 1/3 de las costas procesales
La intención del Sr. Delgado González, demostrada en el proceso, de dañar la consideración
pública ante terceros del Sr. Millán Calenti y de lesionar su derecho al honor hace que prevalezca
éste frente al derecho a la información del acusado por no superar las acusaciones el test de la
veracidad, necesidad y proporcionalidad. No considera la sentencia, en cambio, que con la
publicación de los artículos se haya incurrido en otros delitos, que se le imputaban, circunstancia
con la que ya ha manifestado su disconformidad la defensa del Sr. Millán Calenti, presentando
recurso de apelación.
También el Juzgado de lo Penal no 1 de Santiago, en sentencia 276/2021 de 12 de noviembre
también condena a Miguel Ángel Delgado y a “XornalGalicia” por delito de injurias graves y
calumnias contra la exsecretaria de Medios de Comunicación de la Xunta de Galicia.
Xornal Noticias
DESCARGADO DE; http://www.rafaelalvaromillancalenti.es/2023/06/condenan-nuevamente-al-responsable-de.html