Juan Carlos Izquierdo Morcillo Abogado generalista.- Empezó en 13 de Octubre de 2011 ejerciendo de Secretario en la empresa PROPIMLE SA y administrador único, actualmente Patrón Mayor de la Cofradía de Pescadores de Blanes, Secretario y Apoderado del Posit de Blanes cuya administradora única es Ana Maria Canteras Arroyo , a su vez socio de JOSE LUIS GARCIA RODENAS, Administrador único , ANINE SA, PROPIMLE SA., GESTINOVA MAR SL, Ibsa Transport Boats & Cars SL, Oma Gretel Mediterraneo SL , Interboat SA 21/06/2017, Interboat SA, Delta Projekt Europe, Ibsa Transport Boats & Cars SL, Pilder Trade SL , Construampuria SL, Premier Boats Europe SL, Jalnita SL ,Promocions I Construccions Gardinell SL. GESTORIA IZQUIERDO SL Adm. Unico hasta el 2017 disolviendo la entidad tras las investigaciones de la asociación Pladesemapesga en Defensa del Sector Marítimo pesquero.
Juan Carlos Izquierdo Morcillo | Abogado Generalista.
Colegiado/a 1013 GIRONA.
Presta servicios legales principalmente en la comunidad de Cataluña, teniendo su domicilio profesional en c/ Mossèn Gelabert, 17,, Llagostera , Girona . Según diversas webs de acceso público en Internet.
La honradez, probidad, rectitud, lealtad, diligencia y veracidad son virtudes que deben adornar cualquier actuación del Abogado.
La Plataforma en Defensa del Sector Marítimo Pesquero de Galicia tras solicitar información pública a la Cofradía de Blanes la respuesta escrita del Sr Juan Carlos Izquierdo Morcillo | Abogado Generalista y a la vez Patrón Maior es digna de formar parte de la portada del Código Antiético de la Abogacía Española y el Ilustre Colegio de Abogados de Cataluña debería abrir un expediente y una profunda investigación de las actividades de este Sr Letrado.+
Su respuesta, amenazante, pretensiosa de censurar. cercenar derechos constitucionales, denunciando y afirmado sobre documentos públicos que no lo son, prohibiendo el sagrado derecho de las solicitudes y formularios proforma de corta y pega amparados por la Ley, de forma literalmente falsa, afirma que nos recuerda de forma penosa y cansina que nos han negado el derecho de información pública (LITERALMENTE FALSO) y sigue en su resolución....(..., hace inexplicable que, seis años después, vuelva Vd. a la carga solicitando lo que ya sabe perfectamente que no está legitimado a exigir.....).., vulnerando lieralmente bajo la suspensión de los derechos y libertades, regulada en el artículo 55 de nuestra Constitución y sus con cordancias: Artículos 17, 18.2 18.3, 19, 20, 21, 28.2, 37.2, 81, 116
Sumándo a todo ello el Sr Juan Carlos Izquierdo Morcillo | Abogado Generalista, con amenazas con dirigirse a todas las cofradias de Cataluña según su testo literal para denunciar la particular "CRUZADA" con el objetivo de impedirnos nuestros derechos constitucionales y como entidad sin ánimo de lucro. Descargable.
La Comisión de Transparencia condena a Juan Carlos Izquierdo Morcillo a entregar documentos públicos a Pladesemapesga.+
Archivo | Descripción | Tamaño | Creado | |
---|---|---|---|---|
Resolucion_estimatoria_parcial_SAIP_175-2023.pdf | 729 kB | 2023-10-02 |
Y sobre todo el más grave de todos ellos, esta entidad está literalmente legitimada por su conformación de socios que a su vez lo son de la Confradia de Blanes en cuya defensa y representación legal gestiona actividades ya conocidas por el Sr Iquierdo.;
Negar o impedir el ejercicio de derechos (art. 293 Código penal)
Art. 293. Los administradores de hecho o de derecho de cualquier sociedad constituida o en formación, que sin causa legal negaren o impidieren a un socio el ejercicio de los derechos de información, participación en la gestión o control de la actividad social, o suscripción preferente de acciones reconocidos por las leyes, serán castigados con la pena de multa de seis a doce meses.
El art. 293 CP. prohibe a los administradores de hecho o de derecho impedir o negar a los socios el ejercicio de los derechos de información, participación en la gestión o control de la actividad social o suscripción preferente de acciones. Se trata de derechos expresamente atribuidos a los socios por la legislación y a cuya conculcación por los administradores -negativa o impedimento para el ejercicio del derecho-, el legislador establece una pena de multa de seis a doce meses.
Pero es más, desde esta Asociación entendemos que el Juan Carlos Izquierdo Morcillo | Abogado Generalista. Esta presuntamente infringiendo la Ley de Incopmpatibilidades al gestionar como Abogado los bienes y fondos de entidades públicas que se niega a informar.
Artículo 20.- Tratamiento de fondos ajenos ( Código Ético de la Abogacía Española ) descargable.
1. Cuando el Abogado éste en posesión de dinero o valores de clientes o de terceros, estará obligado a tenerlos depositados en una o varias cuentas específicas abiertas en un banco o entidad de crédito, con disposición inmediata. Estos depósitos no podrán ser concertados ni confundidos con ningún otro depósito del abogado, del bufete, del cliente o de terceros.
2. Salvo disposición legal, mandato judicial o consentimiento expreso del cliente o del tercero por cuenta de quien se haga, queda prohibido cualquier pago efectuado con dichos fondos. Esta prohibición comprende incluso la detracción por el Abogado de sus propios honorarios, salvo autorización para hacerlo recogida en la hoja de encargo o escrito posterior del cliente y, naturalmente, sin perjuicio de las medidas cautelares que puedan solicitarse y obtenerse de los Tribunales de Justicia.
El ejercicio de la abogacía es una profesión que conlleva una serie de responsabilidades éticas y legales. Los abogados, como miembros de la comunidad legal, están sujetos a códigos éticos y de conducta que regulan su comportamiento profesional. En este artículo, exploraremos el tema de los abogados y las infracciones al código ético.
El Código Ético del Abogado:
La mayoría de los países y jurisdicciones tienen códigos éticos que establecen las normas de conducta que los abogados deben seguir. Estos códigos suelen incluir principios fundamentales como la lealtad hacia el cliente, la confidencialidad, la competencia profesional, la independencia y la integridad. Estos principios son esenciales para el funcionamiento efectivo del sistema de justicia y la protección de los derechos de los clientes.
Infracciones al Código Ético:
Las infracciones al código ético pueden tomar diversas formas y grados de gravedad. Algunas de las infracciones éticas más comunes incluyen:
Falta de Confidencialidad: Uno de los pilares fundamentales de la relación abogado-cliente es la confidencialidad. Si un abogado divulga información confidencial de un cliente sin su consentimiento, está cometiendo una grave infracción ética.
Conflictos de Interés: Los abogados tienen la obligación de evitar conflictos de interés entre sus clientes. Si un abogado representa a dos clientes con intereses opuestos sin el consentimiento informado de ambas partes, puede estar infringiendo el código ético.
Incompetencia Profesional: Los abogados tienen la responsabilidad de proporcionar servicios legales competentes. Si un abogado no tiene el conocimiento o la experiencia necesarios para manejar un caso en particular y acepta el caso de todos modos, puede estar en violación del código ético.
Comportamiento deshonesto o fraudulento: La integridad es un principio clave en la abogacía. Los abogados que se involucran en prácticas deshonestas, como presentar pruebas falsas o engañar a la corte, están violando el código ético.
Abuso de la relación abogado-cliente: Los abogados no deben abusar de su posición de poder sobre los clientes. Esto puede incluir el cobro excesivo de honorarios, la manipulación emocional o la falta de comunicación adecuada.
Consecuencias de las Infracciones Éticas:
Las consecuencias de las infracciones éticas varían según la gravedad de la violación y la jurisdicción en la que se produzcan. Algunas posibles consecuencias pueden incluir:
Acciones disciplinarias: Los colegios de abogados y las juntas de disciplina profesional pueden imponer sanciones disciplinarias que van desde advertencias y multas hasta la suspensión o la revocación de la licencia para ejercer la abogacía.
Responsabilidad civil: Un abogado que comete una infracción ética puede ser demandado por su cliente por daños y perjuicios derivados de su conducta negligente o fraudulenta.
Responsabilidad penal: En casos extremos, las infracciones éticas graves pueden dar lugar a acciones penales, como cargos por fraude o conspiración.
Prevención y Cumplimiento Ético:
Para evitar infracciones éticas, los abogados deben familiarizarse con el código ético de su jurisdicción, buscar orientación cuando enfrenten dilemas éticos y actuar con integridad en todas sus interacciones profesionales. La educación continua y la formación ética también son fundamentales para garantizar el cumplimiento de los estándares éticos en la abogacía.
En conclusión, el respeto de los códigos éticos es esencial para mantener la integridad y la confianza en el sistema legal. Los abogados que infringen estos códigos pueden enfrentar consecuencias graves tanto a nivel profesional como legal. La ética es un componente fundamental de la práctica de la abogacía y debe ser siempre una prioridad para los abogados en su trabajo diario.
Referencias; CÓDIGO DEONTOLÓGICO
Adaptado al Estatuto General de la Abogacía Española,
aprobado por Real Decreto 658/2001, de 22 de junio
Empresa POSIT DE BLANES SL Con fecha 25 de febrero de 2022 se inscribe en el Registro Mercantil el nombramiento de Juan Carlos Izquierdo Morcillo como Secretario y Apoderado de la sociedad.
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha inscripción: 25/02/2022 T 2693, F 13, S 8, H GI 47211, I/A 9
Últimos movimientos en la sociedad de la Cofradía de Blanes: https://archive.ph/wdgJb
Nombramiento: 07/03/2022
JUAN CARLOS IZQUIERDO MORCILLO
Apoderado
Cese: 07/03/2022
MARTA FELIP PALAUS
Administrador único
Cese: 07/03/2022
EUSEBIO ESGLEAS PARES
Apoderado
Nombramiento: 07/03/2022
ANA MARIA CANTERAS ARROYO
Administrador único
Cese: 10/10/2016
JOAN BELENGUER SAURA
Administrador único
Nombramiento: 10/10/2016
MARTA FELIP PALAUS
Administrador único
Nombramiento: 10/10/2016
EUSEBIO ESGLEAS PARES
Apoderado
Cese: 21/07/2014
JOSE LUIS GARCIA RODENAS
Administrador único
Nombramiento: 21/07/2014
JOAN BELENGUER SAURA
Administrador único
Cese: 21/02/2014
COFRADIA DE PESCADORS DE BLANES
Administrador único
Nombramiento: 21/02/2014
JOSE LUIS GARCIA RODENAS
Administrador único
, ANINE SA, PROPIMLE SA., GESTINOVA MAR SL
Juan Carlos Izquierdo Morcillo en sociedad con Jaume Bonany Pages en ANINE SA que a su vez aparece vinculado a;
Adm. Unico Ibsa Transport Boats & Cars SL 22/06/2023 Actualidad
Adm. Solid. Anine SA 18/08/2022 Actualidad
Adm. Solid. Oma Gretel Mediterraneo SL 25/04/2022 Actualidad
Adm. Unico Interboat SA 21/06/2017 Actualidad
Adm. Unico Interboat SA 08/08/2012 Actualidad
Adm. Unico Delta Projekt Europe SL 21/02/2011 Actualidad
Adm. Unico Ibsa Transport Boats & Cars SL 26/05/2010 Actualidad
Apo.Sol. Pilder Trade SL 13/08/2009 Actualidad
Adm. Unico Construampuria SL 13/08/2009 Actualidad
Apoderado Premier Boats Europe SL 27/07/2009 Actualidad
Apo.Sol. Jalnita SL 25/05/2009 Actualidad
Apoderado Promocions I Construccions Gardinell SL
Juan Carlos Izquierdo Morcillo es administardor único de PROPIMLE SA.
CNAE: 6820 Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia
SIC: 6513 Propietarios-administradores de edificios de apartamentos
Gestinova Mar Sl a través de ALBERT BALAGUER LOPEZ a su vez Professor de Filosofia en INS Les Marines y ex regidor de l'ajuntament de Balaguer Barcelona, Cataluña, España
OBJETO SOCIAL O ACTIVIDAD
LA TENENCIA DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE OTRAS COMPAÑIAS MERCANTILES. GESTION Y ASESORAMIENTO DE PERSONAS Y EMPRESAS DEDICADAS A LA PESCA, NAVEGACION, COMERCIALIZACION DE TODA CLASE DE PACES, MARISCOS, ETC
ANTECEDENTES COFRADÍA PESCADORES DE BLANES...+