PRESTIGE: ARCO IRIS pedirá el embargo de los bienes de la aseguradora

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11 Octubre 2023 - Galicia - 9779 votos
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prestige1 e1649847162480LA ASOCIACION ECOLOGISTA Y PACIFISTA “ ARCO IRIS “ PIDE EL EMBARGO DE TODOS LOS BIENES DE LA ASEGURADORA “ THE LONDON P&I CLUB “ , COMO RESPUESTA A LA RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE INGLATERRA Y GALES QUE DENIEGA EL COBRO AL ESTADO ESPAÑOL DE LOS 885 MILLONES DE LA POLIZA DE LA ASEGURADORA 

Después de casi 22 años de que sucediera el delito más grave de contaminación medioambiental a nivel mundial ocurrido en nuestras costas, el 13 de noviembre del año 2002, en el año 2016 el Tribunal Supremo ha arrojado justicia en base a una causa penal que tiene mucho también de delincuencia económica internacional y de genocidio medioambiental realizado por los más ultras del neoliberalismo financiero . Desde el punto de visto jurídico tenemos que destacar que se trata de un procedimiento penal con cerca de 300.000 folios de diligencias de instrucción, y más 10.000 folios de responsabilidad civil aportados por las partes cuando la referida responsabilidad que está cuantificada al día de hoy, por nuestros Tribunales penales en más 4328 millones de euros ( cuestión ajena a lo establecido en la póliza de la aseguradora). En la una vista oral celebrada en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña desde octubre del año 2012 hasta junio del 2013, que ha representado el juicio oral más longevo acontecido en la historia judicial de nuestro país, “The London P&I Club “ no estaba personada en la causa penal , pero sus intereses fueron defendidos a fuego por otras partes procesales personadas; las mimas que cuando el TS los condenó en casación a la responsabilidad civil definieron la sentencia en la prensa como “ Populismo judicial”.
La actual Pieza ejecutoria (Número 4/2016) en la causa del Prestige seguida en la Secretaria tiene un carácter eminentemente jurisdiccional con la única finalidad de ejecutar lo contenido en el fallo de la sentencia emitida por el Tribunal Supremo de fecha 14 de enero de la año 2016 . (Art.117 de la CE y del 2 de la LOPJ). Por lo que en la Sección Primera Audiencia Provincial de A Coruña le corresponde resolver en la pieza ejecutoria, el cumplimiento efectivo de la pena privativa de libertad que ya la ha realizado; así también la ejecución y liquidación de responsabilidades civiles ya aprobadas .
La pieza ejecutoria se ha enfocado por todas las posiciones procesales en un aspecto relativo a los pronunciamientos civiles que derivan de la contenido la sentencia firme del TS de fecha 14-1-2016 , pero se han olvidado que en
la liquidación de la responsabilidad civil se ha de tener en cuenta a las directrices establecidas en la mencionada resolución judicial emanada de la casación donde también establece el concepto jurídico del daño medioambiental. Razón por la cual esta posición procesal ejecutante de la Asociación Ecologista “ Arco Iris” de conformidad con la legalidad vigente solicitará el embargo de los bienes de “The London P&I Club “ en todos los países de la “Unión Europea”
Para la asociación ecologista Arco Iris, única representada en la causa penal del “Prestige” por el movimiento ecologista, supuso un enorme esfuerzo material, personal y económico; más aún, cuando nuestra asociación, desde su fundación en el mes de Octubre del año 1982, no recibió ninguna subvención pública ni ninguna ayuda privada, razón por la cual podemos presumir de nuestra independencia y fidelidad con el medio ambiente. Realidad que nos da fuerza para instar en la ejecutoria ante la Sección Primera de la AP de Coruña el embargo de todos los bienes ( empresas mercantiles participadas patrimonio, cuentas bancarias, fondos y productos financieros etc ) que pertenecen a la parte ejecutada “The London P&I Club “ que tiene en propiedad en todos los países miembros de la Unión Europea
La sentencia del día 16 de enero del año 2016 emitida por la Sección Segunda del Tribunal Supremo, siendo ponente la magistrada Ana María Ferrer García, de éste alto tribunal, fue una enorme victoria para todo el movimiento ecologista, donde humildemente hemos aportado nuestro granito de arena, y que brevemente reseñamos:
1. Se ha establecido una sentencia ejemplarizante por parte del alto tribunal al fijar una jurisprudencia clara para la comisión de manera imprudente de delitos cometidos contra el medio ambiente.
2. Se ha reconocido e introducido también por el mismo tribunal, a efectos de concepto indemnizable, los daños medioambientales , como lo son los materiales o morales.
3. Se nos ha reconocido nuestra posición procesal de acusación particular en este asunto, y no como acción popular. Esto tiene enorme transcendencia para poder personarse el movimiento ecologista en futuros casos de delitos ecológicos, y no ser disuadidos por las fianzas desorbitadas que exige cualquier juzgado de instrucción. Y con derecho a las Costas judiciales según la legalidad vigente en esta materia.
4. Se introdujo también por el Tribunal Supremo en casos excepcionales y de máxima gravedad, dentro de la legalidad establecida, ir más allá del límite establecido de responsabilidad civil marcado en los Tratados Internacionales (Convención de 1976 y Protocolo de 1996, y para el supuesto de contaminación por hidrocarburos el CLC de 1992 y sus protocolos). El Tribunal Supremo había estado a la altura del sentimiento ciudadano haciendo honor al sacrificio popular plasmado en el trabajo de los miles de voluntarios y en defensa del medio ambiente.
5.-Para finalizar nuestro último esfuerzo que lo es por el medio ambiente y por el futuro de éste planeta , después que el TJUE confirmará que la referida sentencia del TS de 16-1-2016 prevalece sobre el laudo arbitral dictado en Londres ; es reiniciar la Pieza ejecutoria (Número 4/20169) seguida ante la AP de A Coruña .Y denunciar la postura en las redes sociales y ante los medios de comunicación de todo el mundo , de la aseguradora “ The London P&I Club” como una represente del peor filibusterismo y genocida del medio ambiente,

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