La Plataforma en Defensa del Sector Marítimo Pesquero de Galicia instaba al líder de En Marea a trasladar varios documentos comprometidos para Xulio Ferreiro, tras haber aceptado prebendas de auténtico lujo de la empresa FCC, de la que recibió, viajes para el y su séquito, comidas y un foro orquestado en el salón Real del Hotel Riz en Madrid para fines políticos de la Marea Atlántica.
El SR Villares no puede alegar desconocimiento al la denuncia procesal penal que se configura como una declaración de conocimiento sobre la comisión de un posible hecho delictivo por la que se puede o se debe comunicar a las autoridades judiciales, al Ministerio Fiscal o a la policía la comisión de unos hechos que podrían ser constitutivos de un delito o falta.
La obligación de denunciar referida en los artículos 259, 262 y 264 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se impone a quienes presenciaren o tuvieren noticia de la comisión de cualquier delito público, de los que deben perseguirse de oficio, no estando obligados a denunciar en base a determinados criterios los incapacitados psíquicos o, por razones familiares, el cónyuge del presunto delincuente, que no es el caso del Sr Villares.

Si bien es cierto, que las consecuencias ante el incumplimiento de la obligación de denunciar. "Si el conocimiento de los hechos fuera indirecto o circunstancial la ley contempla que se “deberán” denunciar pero no se prevén sanciones ni responsabilidades en caso de no hacerlo. Se dice, en este caso, que la denuncia es meramente potestativa y no preceptiva".
Como bien sabe el Sr Villares, "La denuncia es una declaración de conocimiento consistente en un acto de información a la autoridad competente de la comisión de un hecho con apariencia de delito o falta".
Según el art. 259 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), todo aquel que tuviera conocimiento de la perpetración de un hecho delictivo está obligado a denunciarlo inmediatamente.
"Los que por razón de sus cargos, profesiones u oficios tuvieren noticia de algún delito público, estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Fiscal, al Tribunal competente, al Juez de instrucción y, en su defecto, al municipal o al funcionario de policía más próximo al sitio, si se tratare de un delito flagrante.”
PLADESEMAPESGA el día 5 del 9 de 2016 instaba mediante escrito al correo personal del Sr Luis Villares como ex Magistrado del TSXG a trasladar los hechos que se relataban en el escrito con signos de evidencias delictivas, sobre determinadas actividades y prebendas recibidas por el Sr Xulio Ferreiro de los "investigados" en la TRAMA DE ACUAMED, y directivos de FCC, entre ellas viajes y comidas juntos a la organización de un foro en Madrid con fines políticos para el su grupo de confianza en su faceta de cargos del Concello de A Coruña, una entidad que contrata con el citado Concello y EMALCSA de la que también es Presidente Xulio Ferreiro y SMARTCYTI.
Tras la negativa de Luis Villares a dar acuse de recibo de lo que ya constaba una peritación online que justifica plenamente la recepción y lectura del correo por el Sr Luis Villares, donde solo el puede acceder bajo "usuario y contraseña" personal e intransferible, dio la callada por respuesta...Dejando en un claro "panfleto" sus mítines de pulcritud y transparencia, posicionándose de parte del presunto infractor, y que desde la plataforma entienden al ser Xulio Ferreiro el percusor de su liderazgo de En Marea Atlántica a "DEDO" saltándose todas las normativas de los propios estatutos de las formaciones políticas Marea, Podemos, por lo que, la utilización de su conocimiento procesal y jurídico no les ha impedido pasarse las leyes por "donde ellos mismos saben"..