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El juez Presencia avisa de la despenalización de bulos, injurias y calumnias: ahora solo son infracciones administrativas.

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12 Agosto 2024 - En Portada 2340 votos - Correo electrónico - Imprimir

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El juez Fernando Presencia, reconocido por su firme postura contra la corrupción, ha manifestado su apoyo a la reciente modificación legal que despenaliza los delitos de bulos, injurias y calumnias, convirtiéndolos en simples infracciones administrativas. Según el juez Presencia, este cambio es un avance crucial para proteger la libertad de expresión, especialmente en un contexto donde los corruptos han utilizado la legislación anterior para blindarse contra denuncias legítimas.

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El juez Presencia argumenta que, durante años, políticos y funcionarios corruptos han recurrido a la acusación de "bulos e injurias" como estrategia para desviar la atención y evitar investigaciones sobre sus actividades ilícitas. "Con esta modificación, se pone fin a una herramienta que los corruptos han explotado para silenciar a los denunciantes y periodistas que sacan a la luz sus crímenes", afirma el juez. "Es un paso fundamental para garantizar que las denuncias de corrupción sean investigadas con la seriedad que merecen, sin el temor de que los denunciantes enfrenten represalias ilegales."

La nueva normativa convierte estas conductas en infracciones administrativas, lo que implica que las sanciones se limiten a multas y no a penas de cárcel o antecedentes penales. Según el juez Presencia, esto no solo protege la libertad de expresión, sino que también facilita un entorno donde las denuncias contra la corrupción puedan ser expresadas con mayor libertad, sin que los denunciantes sean perseguidos penalmente bajo acusaciones fabricadas de injuria o calumnia.

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El juez Presencia también subraya que la despenalización no implica una carta blanca para la difusión de información falsa, sino que se trata de un enfoque más equilibrado. "El ordenamiento jurídico sigue teniendo mecanismos para sancionar la difusión de bulos, pero estos deben ser proporcionales y no utilizados como una excusa para criminalizar la crítica o las denuncias de irregularidades", explica.

Esta medida ha sido bien recibida por organizaciones defensoras de la libertad de prensa y de los derechos de los denunciantes de corrupción, quienes han señalado que, bajo la antigua legislación, muchos denunciantes y periodistas enfrentaron procesos penales que, en muchos casos, tenían como único objetivo intimidar y silenciar. "Con la nueva normativa, se reduce el riesgo de que las leyes se utilicen para encubrir la corrupción, permitiendo que las voces críticas continúen exponiendo los actos ilegales sin el miedo constante a represalias penales", añade Presencia.

(La nueva normativa es la ley 2/2023 de transposición de la Directiva Europea de protección de los denunciantes de corrupción que prevé en el nuevo artículo 63, en el apartado 1.f, que es ahora infracción muy grave, las injurias y calumnias con multas de 30.000 a 60.000€ pero se eliminan las penas de prisión, ya que se trata ahora, de una infracción administrativa)

Además, el juez destaca que, al tratar estas conductas como infracciones administrativas, se aligera la carga en los tribunales penales, permitiendo que los recursos se enfoquen en verdaderos delitos graves, incluidos los de corrupción. "Es hora de que la justicia priorice la lucha contra los verdaderos criminales y no se desvíe con casos que buscan silenciar la verdad", concluye.

La decisión de reclasificar estos delitos se presenta como un paso firme hacia la protección de la libertad de expresión y la lucha efectiva contra la corrupción, al tiempo que se asegura que las denuncias legítimas no sean sofocadas por un uso indebido del sistema penal.

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